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Oleada de agresiones contra activistas de los derechos de las personas migrantes; al menos dos personas manifestantes heridas

DATE POSTED : 27.05.2025

Erika Santelices/REUTERS
Un migrante haitiano a bordo de un camión sostiene una carretilla en un puesto de control migratorio en la frontera dominico-haitiana, el 14 de octubre de 2024.
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Contexto

El Consejo de Derechos Humanos de la ONU celebró su 57.º periodo de sesiones entre septiembre y octubre de 2024. Durante esos meses, el organismo analizó la situación de los derechos humanos en la República Dominicana en el marco del tercer ciclo del Examen Periódico Universal (EPU). Este mecanismo permite a la organización evaluar el historial de todos los Estados miembros en materia de derechos humanos. Estas son algunas de las recomendaciones que recibió el país con respecto a las libertades del espacio cívico:

  • Adoptar medidas para prevenir las amenazas, el acoso y las agresiones contra las personas defensoras de los derechos humanos.
  • Investigar todas las denuncias de uso excesivo de la fuerza por parte de los agentes del orden y garantizar que reciben formación sobre el uso adecuado de la fuerza.
  • Despenalizar la difamación e incorporarla al Código Civil, de acuerdo con las normas internacionales.
  • Continuar con las iniciativas a favor de la libertad de expresión y garantizar la protección de los profesionales del periodismo y las personas defensoras de los derechos humanos.
  • Ratificar el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, también conocido como el Acuerdo de Escazú.

Libertad de asociación

Aumentan los riesgos para las PDDH

Entre septiembre y noviembre de 2024, organizaciones de la sociedad civil denunciaron la existencia de un patrón de actos de estigmatización, detenciones arbitrarias, campañas de desinformación y desamparo institucional.

El 5 de septiembre de 2024, un periódico dominicano publicó una noticia engañosa sobre el defensor de los derechos humanos Wendy Osirus acompañada de una foto de otra persona. Grupos de la sociedad civil consideraron que el artículo buscaba desacreditar su labor. Osirus dirige el Movimiento por los Derechos Humanos, la Paz y la Justicia Global (MONDHA) y ha fundado varias organizaciones en Haití y la República Dominicana. Por otro lado, tras las protestas pacíficas contra la discriminación racial del 23 de septiembre en Santo Domingo, se informó de un aumento de la hostilidad hacia las personas de ascendencia haitiana y hacia quienes defienden los derechos de las personas migrantes.

El 2 de octubre de 2024, el presidente Luis Abinader y el Consejo de Seguridad y Defensa Nacional de la República Dominicana anunciaron la ejecución inmediata de un plan de deportación masiva para expulsar a más de diez mil personas en situación migratoria irregular cada semana. Organizaciones de la sociedad civil documentaron diversas violaciones de los derechos humanos en el marco del plan, incluidas la deportación de niñas y niños no acompañados, la confiscación de documentos de identidad y situaciones de hacinamiento en los centros de detención.

Seis días después, grupos antimigrantes se concentraron frente a la sede del Movimiento Sociocultural de Trabajo Humanitario y Ambiental (MOSCTHA), una organización que defiende los derechos de las personas migrantes, y profirieron consignas contra la población haitiana. El personal de la organización no obtuvo protección policial, a pesar de que la había solicitado.

El 12 de octubre de 2024, las autoridades detuvieron de forma arbitraria al activista Franklin Dinol, a quien acusaron falsamente de utilizar documentos falsificados; si bien lo liberaron poco después. Dinol es coordinador de Reconoci.do, un movimiento que defiende los derechos de la población dominicana de ascendencia haitiana, especialmente de la juventud. Estos sucesos se produjeron en un contexto marcado por una hostilidad constante. Organizaciones de la sociedad civil recordaron que las oficinas del Movimiento de Mujeres Dominico-Haitianas (MUDHA) fueron allanadas ilegalmente en 2022.

El 5 de noviembre de 2024, una coalición de organizaciones de la sociedad civil publicó una declaración conjunta en la que denunciaron la ausencia de políticas públicas para la protección de las personas defensoras de los derechos humanos. El grupo instó al Estado a que cumpliera su obligación internacional de garantizar un entorno seguro y favorable para la defensa de los derechos humanos.

#RepúblicaDominicana URGENTE: Llamamos a la @PoliciaRD @ProcuraduriaRD @MinInteriorRD @DefensorRD a tomar todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad del personal y de personas usuarias de los servicios de salud de @mosctha_RD ante acciones de intimidación, acoso y… pic.twitter.com/jxb8d65cJg

— Amnistía Internacional Américas (@AmnistiaOnline) October 8, 2024

Reunión pacífica

Varias personas manifestantes resultan heridas durante un enfrentamiento por la expansión de la minería en Cotuí

El 8 de enero de 2025, liderazgos comunitarios y un grupo de personas campesinas intentaron cortar el paso a los camiones que transportaban maquinaria pesada para la construcción de una presa de cola en Las Tres Bocas, Cotuí (provincia de Sánchez Ramírez). Si bien la protesta comenzó de forma pacífica, la situación degeneró cuando miembros de las fuerzas armadas y de la policía nacional intentaron dispersar a las personas manifestantes. El incidente se saldó con múltiples personas heridas, entre ellas el sacerdote católico Jhonny Durán, que había ejercido de mediador entre los miembros de la comunidad y las fuerzas de seguridad. Los medios de comunicación informaron que el eclesiástico criticó el comportamiento de las fuerzas de seguridad, el uso de gases lacrimógenos y las presuntas incursiones domiciliarias.

El 19 de febrero de 2025, miembros de la comunidad de Cotuí organizaron una nueva protesta durante la que reiteraron su oposición a la futura ampliación de una balsa de residuos. A través de consignas, las personas manifestantes expresaron su preocupación por la degradación medioambiental y los peligros que podría entrañar el proyecto minero.

Las protestas tienen su origen en la ampliación de las explotaciones mineras de la empresa canadiense Barrick Gold a partir de 2022. La construcción de una nueva presa de cola en el distrito de Zambrana habría desembocado en la reubicación de más de cuatrocientas familias.

El conflicto surgió a raíz de desacuerdos sobre los criterios de compensación aplicados por la empresa para determinar el valor de terrenos, viviendas y nueve tipos de cultivos dentro de la zona destinada a la expansión de la actividad minera. Las comunidades de El Higo, El Rayo y Las Tres Bocas se han opuesto a su reubicación y han planteado dudas sobre la seguridad estructural del embalse, su posible impacto en los ecosistemas locales y la seguridad de las comunidades colindantes en caso de derrumbe.

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La policía emplea la fuerza contra camioneros en huelga

El 16 de enero de 2025, agentes de la Policía Nacional hirieron a un camionero durante un paro organizado por el Sindicato de Transporte Terrestre en el Puerto Multimodal Caucedo, ubicado en el municipio de Boca Chica (provincia de Santo Domingo). Los transportistas protestaban por los retrasos de hasta quince horas para la descarga y recogida de mercancías de DP World, uno de los principales proveedores de servicios logísticos del país.

En videos difundidos en redes sociales se ve a agentes de policía utilizando gases lacrimógenos y disparando armas mientras disolvían la manifestación. En una de esas grabaciones, se ve cómo un agente agarra por el chaleco a un camionero mientras otro le dispara con un arma de fuego. Cuando el conductor intenta zafarse, el mismo agente le dispara varias veces con lo que parece ser una pistola de perdigones. Uno de los proyectiles lo alcanzó en la pierna y lo hizo caer al suelo.

Libertad de expresión

Acusan a profesionales del periodismo de tener vínculos con USAID

En febrero de 2025, los profesionales del periodismo Juan Bolívar Díaz, Huchi Lora, Marino Zapete, Mariasela Álvarez, Altagracia Salazar y Edith Febles fueron acusados infundadamente en redes sociales y plataformas digitales de trabajar para la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID).

Huchi Lora mostró su rechazo a la campaña de estigmatización y aseguró que había sido promovida por un sector político que acoge a personas acusadas de corrupción. Afirmó que se trataba de una “campaña injuriosa” instigada por alguien que presuntamente estaría acusado de corrupción y que podría ser condenado. Explicó que esas denuncias se basan únicamente en un mensaje publicado en la plataforma X y difundido desde el extranjero: “Nunca he cobrado dinero ni en la Usaid ni en fuentes ajenas a los medios en los que he laborado en mis 58 años de ejercicio”, subrayó.

El Colegio Dominicano de Periodistas (CDP) y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (SNTP) expresaron públicamente su solidaridad con los profesionales del periodismo. Aurelio Henríquez, presidente del CDP, instó a los autores de las acusaciones a que presentaran pruebas que respaldaran sus afirmaciones. Además, advirtió que quienes promueven dichas acusaciones sin pruebas vulneran la Constitución, la Ley N.º 6132, de Expresión y Difusión del Pensamiento, y el Código de Ética del Periodismo Dominicano.

La nueva política de protección de datos del Poder Judicial suscita preocupación

El 14 de noviembre de 2024, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) aprobó una nueva Política de Protección de Datos que se aplicará a todas las resoluciones judiciales dictadas por la institución y por otros tribunales a nivel nacional. La SCJ explicó que la norma busca establecer reglas claras para la anonimización de datos personales en el ámbito judicial y permitir que las autoridades judiciales decidan, antes de dictar sentencia, qué datos personales han de excluirse del fallo público, en función de la sensibilidad de dichas informaciones.

También precisó que la política pretende proteger datos personales esenciales que figuran en las resoluciones judiciales, autorizando a los tribunales a omitir información sensible a la hora de publicar las sentencias. Además, el presidente de la Corte subrayó que la normativa promueve un enfoque basado en la “tutela judicial efectiva”, facultando al propio órgano judicial para evaluar y decidir qué datos pueden suprimirse para salvaguardar la privacidad de las partes involucradas.

La reciente adopción de una nueva política de protección de datos por parte de la SCJ ha suscitado preocupación entre las organizaciones de medios de comunicación, que han advertido que podría menoscabar el derecho al acceso a información pública y restringir indebidamente la libertad de expresión. La Sociedad Dominicana de Diarios (SDD), una asociación que representa a los principales medios impresos del país, criticó públicamente la medida. En su declaración, la SDD calificó la iniciativa de “restricción unilateral” y advirtió que podría suponer un obstáculo para la transparencia judicial y obstruir la labor que desempeñan los medios de comunicación a favor de la rendición de cuentas pública.

Alegó que la decisión es incompatible con las garantías constitucionales para el acceso público a los procesos judiciales y recordó que el artículo 69.4 de la Constitución de la República Dominicana consagra y garantiza el derecho a un juicio público, oral y contradictorio en el marco de un proceso judicial justo. También cuestionó la competencia de la SCJ para adoptar medidas de esta índole, argumentando que el Poder Judicial carece de la potestad normativa necesaria para poner en práctica la nueva política y que su aplicación podría dar lugar a textos redactados de forma arbitraria. La organización subrayó que la ausencia de supervisión externa, unida a la amplia discrecionalidad concedida a la judicatura, podría minar la confianza de la ciudadanía y afectar al control democrático del Poder Judicial.

En virtud de la nueva normativa, todas las resoluciones serán anonimizadas, salvo que el interés público justifique la divulgación de los datos omitidos. En esos casos, las autoridades judiciales deberán justificar su decisión por escrito. Por su parte, los críticos afirman que la formulación de las disposiciones es imprecisa y que los criterios para solicitar excepciones por motivos de interés público no son claros. También existe incertidumbre sobre cómo los tribunales interpretarán y aplicarán estas disposiciones.

Aunque por ahora la política no vulnera explícitamente la libertad de expresión, será necesario un escrutinio continuo. Asimismo, para que la norma cumpla su cometido, se debe garantizar que el poder discrecional y no regulado de la judicatura no comprometa el acceso a la información.

El Tribunal Constitucional anula la ley que creaba la Dirección Nacional de Inteligencia

El 7 de diciembre de 2024, el Tribunal Constitucional anuló la ley n.º 1-24, que establecía la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), por infringir disposiciones constitucionales fundamentales.

La sentencia TC/0767/24 es el resultado de varios recursos de inconstitucionalidad interpuestos por los partidos de la oposición Fuerza del Pueblo, el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y el Partido Revolucionario Dominicano (PRD), así como por el Colegio de Abogados de la República Dominicana. El Tribunal concluyó que la ley era nula de pleno derecho, ya que su ámbito de aplicación violaba disposiciones constitucionales, juicio que también hizo extensivo al proceso legislativo para su elaboración.

Como ya informamos, la ley n.º 1-24, ratificada en enero de 2024 por el presidente Luis Abinader, creó el Sistema Nacional de Inteligencia y confirió amplias facultades operativas y de vigilancia a la DNI. Entre otras disposiciones controvertidas, el artículo 9 autorizaba a la DNI a vigilar y contrarrestar actividades que atenten contra los intereses nacionales, la seguridad interior o el ordenamiento constitucional. Varias organizaciones habían criticado la legislación porque socavaba el secreto profesional y difuminaba la línea que separa la seguridad nacional de la disidencia interna. Los críticos sostenían que la formulación extensa e imprecisa de la ley planteaba graves riesgos para la libertad de expresión.

La DNI también había recibido la misión de evaluar las amenazas al orden constitucional, desmantelar organizaciones delictivas, garantizar la ciberseguridad y proteger las infraestructuras críticas de ciberataques y actos de espionaje o sabotaje. Según el Tribunal, estas numerosas funciones situaban a la DNI en el ámbito de la seguridad nacional y de la defensa, esferas que, según la Constitución, requieren de una “ley orgánica”, un tipo de legislación sujeto a un proceso legislativo más riguroso. Sin embargo, la ley n.º 1-24 se promulgó como una ley ordinaria, al margen de garantías constitucionales básicas.

El Tribunal no trató los recursos de inconstitucionalidad restantes interpuestos por los demandantes, citando un precedente establecido por la propia institución, según el cual los vicios de procedimiento bastaban para justificar la anulación de la ley. La sentencia se hizo efectiva tras su publicación y provocó la exclusión de la ley n.º 1-24 del ordenamiento jurídico.

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Country
Dominican Republic
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Latest Developments
Tags
positive court ruling,  intimidation,  HRD detained,  excessive force,  restrictive law,  environmental rights, 
Date Posted

27.05.2025

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