Contexto
Las elecciones municipales y autonómicas registraron una participación récord y pusieron de relieve la fragmentación del panorama político
Las elecciones municipales y regionales que se celebraron a finales de octubre de 2024 alcanzaron una tasa de participación histórica de casi el 85 %, la más alta desde la vuelta a la democracia. Más de trece millones de personas acudieron a las urnas para elegir a las autoridades locales en el marco de una votación con sufragio obligatorio.
No hubo un claro vencedor: la coalición de centroderecha Chile Vamos recuperó municipios clave, incluida la capital, mientras que la izquierda cosechó triunfos importantes como la reelección del alcalde de Maipú. El presidente Gabriel Boric aseguró que se trataba de un resultado “agridulce”, ya que su coalición evitó las fuertes pérdidas que algunos analistas habían pronosticado, a pesar de los bajos índices de aprobación y los escándalos recientes.
La segunda vuelta de las elecciones regionales se celebró el 24 de noviembre de 2025. El Servicio Electoral de Chile (Servel) dio a conocer la lista definitiva de los gobernadores electos, entre ellos los candidatos independientes de centroizquierda Claudio Orrego, en la Región Metropolitana, y Rodrigo Mundaca, en Valparaíso.
Estos resultados son un reflejo de la fragmentación del panorama político de cara a las elecciones presidenciales de noviembre de 2025.
La relatora especial de la ONU pide al Estado chileno que adecúe el sistema sanitario a los estándares internacionales de derechos humanos
En diciembre de 2024, la relatora especial de las Naciones Unidas sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental Tlaleng Mofokeng concluyó una visita oficial a Chile durante la que expresó su preocupación por las desigualdades sistémicas, las deficiencias jurídicas e institucionales y la insuficiente inversión pública en sanidad.
Si bien reconoció los avances en la cobertura sanitaria universal y en iniciativas políticas como la ratificación del Convenio 190 de la OIT y la promulgación de la “ley Karin”, también señaló la ausencia de reconocimiento constitucional del derecho a la salud, los retrasos persistentes en el acceso a la atención y la discriminación estructural que afecta a las mujeres, los pueblos indígenas, las personas migrantes, el colectivo LGBTIQA+, las personas con discapacidad, y las privadas de libertad.
La relatora también expresó especial preocupación por el acceso limitado a un aborto seguro y legal y criticó el amplio uso de la objeción de conciencia por parte de las instituciones, las disparidades regionales en la prestación de servicios y la estigmatización que sufren las mujeres y las niñas, que en algunos casos han sobrevivido a actos de violencia sexual cuando tenía catorce años y se han visto obligadas a solicitar una autorización ante los tribunales. También tuvo acceso a informes según los cuales los profesionales sanitarios denuncian a las mujeres que solicitan un aborto ante las autoridades policiales.
Asimismo, expresó su preocupación por el deterioro del sistema de salud penitenciario, la exclusión de la medicina tradicional indígena y el impacto continuo de la degradación medioambiental en la salud en localidades como Quintero-Puchuncaví.
Tlaleng Mofokeng pidió al Estado chileno que ajustara su marco jurídico a las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, que garantizara una equitativa y sostenible de la sanidad, y que adoptara un enfoque multisectorial e inclusivo en sus políticas sanitarias. Además, hizo hincapié en la necesidad de garantizar un acceso no discriminatorio a la atención médica, reforzar los servicios de salud mental e incorporar modelos de atención que tengan en cuenta las prácticas culturales locales, en particular las de las comunidades indígenas.
#Chile 🇨🇱 must guarantee right to health, access to safe abortion & strengthen mental health services, says UN expert @drtlaleng, concluding her official visit:
— UN Special Procedures (@UN_SPExperts) December 4, 2024
"Chile can transition from the trauma of its past to a future of restored dignity for all."https://t.co/05OHycPKBO pic.twitter.com/GjbwLeJSOy
Libertad de asociación
Desaparece la dirigente indígena Julia Chuñir Catricura en medio de la preocupación por las amenazas y las disputas territoriales
El 8 de noviembre de 2024, la dirigente indígena mapuche y presidenta de la comunidad Putreguel (Los Ríos) Julia Chuñir Catricura desapareció tras salir de su casa para buscar a su ganado en el fundo Lafrir. Fue vista por última vez en el sector de Huichaco, situado entre las comunas de Máfil y Los Lagos.
La dirigente permanece en paradero desconocido, pese a los esfuerzos coordinados de su familia, los miembros de la comunidad y las autoridades locales, incluidos el cuerpo de bomberos y la policía. Los equipos de búsqueda encontraron huellas y marcas de neumáticos cerca de una cabaña abandonada, pero no han hallado más indicios. La familia ha expresado su preocupación por la escasa información que han recibido de las autoridades.
Front Line Defenders informó que, unos días antes, Chuñir Catricura había recibido amenazas de agentes privados que presuntamente intentaban apropiarse de tierras comunitarias adquiridas a través de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI), que, según la legislación chilena, no pueden ser transferidas a personas no indígenas.
La dirigente había resistido firmemente a estas presiones y había defendido los derechos territoriales colectivos de su comunidad. Su familia recordó que varios terratenientes locales la habían acosado en respuesta a su defensa constante de las reivindicaciones territoriales del pueblo mapuche; hechos que evidencian la existencia de un patrón de amenazas y violencia contra las personas indígenas defensoras de los derechos humanos en el sur de Chile.
El 10 de diciembre de 2024, el presidente Gabriel Boric confirmó públicamente su desaparición y reafirmó el compromiso del Estado para dar con ella: “Hay diferentes acciones de búsqueda que se han realizado y vamos a continuar. No vamos a cesar hasta encontrarla”. El 8 de enero de 2025, el representante regional de la Oficina de Derechos Humanos de la ONU en América del Sur Jan Jarab se reunió con Pablo San Martín Chuñir, hijo de la defensora, y con miembros de la Comisión Ética contra la Tortura y de la Corporación de Promoción y Defensa de los Derechos del Pueblo (CODEPU).
Durante el encuentro, al que también asistieron representantes de ONU Mujeres y de la Oficina de la Coordinadora Residente de las Naciones Unidas en Chile, las personas presentes intercambiaron información sobre las circunstancias de la desaparición y las amenazas que había recibido. Agencias de la ONU expresaron su preocupación por la falta de información sobre su paradero y los escasos avances de la investigación, e instaron a que esta se lleve a cabo de forma rápida y efectiva, teniendo en cuenta todas las hipótesis plausibles y el papel de Chuñir Catricura como defensora de los derechos humanos medioambientales.
Amnistía Internacional, Cultural Survival y otras organizaciones de la sociedad civil pidieron a las autoridades que redoblaran sus esfuerzos para encontrarla y que hicieran públicos los resultados de la investigación.
⚠️ El Estado tiene el deber de proteger a quienes defienden el medioambiente y los #DerechosHumanos , instamos a las autoridades a tomar medidas urgentes y efectivas para esclarecer la desaparición de Julia Chuñil y garantizar su protección. pic.twitter.com/XhsERLx3XJ
— Amnistía Internacional Chile (@amnistiachile) December 2, 2024
Ecologistas son víctimas de actos de acoso y de incendios provocados
El 13 de marzo de 2025, un individuo no identificado persiguió y fotografió sin su consentimiento a cinco defensoras de los derechos humanos medioambientales de MODATIMA Wallmapu. Los hechos se produjeron después de que las mujeres participaran en un acto público en el municipio de Freire (La Araucanía) en el que concienciaron a la población sobre los daños medioambientales que afectan a las zonas rurales y los territorios indígenas. El 1 de abril de 2025 denunciaron los hechos ante la Fiscalía Local de Temuco y exigieron que se depuraran responsabilidades.
MODATIMA Wallmapu defiende los derechos de las comunidades mapuches y campesinas, y forma parte de un movimiento nacional contra el acaparamiento del agua y la degradación del medioambiente. Miembros de la organización han denunciado en repetidas ocasiones amenazas y actos de vigilancia y criminalización por su labor legítima en defensa del medioambiente y de los derechos humanos.
La Fundación Escazú Ahora, una organización de la sociedad civil que supervisa la aplicación del Acuerdo de Escazú en Chile, instó a las autoridades a que llevaran a cabo una investigación rápida, imparcial y efectiva. La entidad subrayó que se ha vuelto habitual que las defensoras de los derechos humanos sean víctimas de amenazas y de hechos de este tipo en contextos de conflictos socioambientales.
Por otro lado, el 12 de abril de 2025, sujetos no identificados prendieron fuego al vehículo del periodista y defensor de los derechos humanos medioambientales Matías Rojas delante de su domicilio en Teno (Región del Maule). Los autores rompieron las ventanillas del automóvil y utilizaron un líquido acelerante para provocar el incendio. Al parecer, podría tratarse de un acto de intimidación selectivo. Antes de que se produjeran los hechos, Rojas ya había sido víctima de una serie de amenazas y ataques, incluida una agresión física por parte de un empresario local en diciembre de 2024, presuntamente en represalia por su labor en defensa de los derechos humanos.
Rojas ha documentado y denunciado la extracción ilegal de arena y la corrupción municipal en la región, dos cuestiones que entrañan importantes riesgos medioambientales. Aunque en un principio las autoridades renunciaron a investigar la agresión de diciembre de 2024, decidieron reabrir el caso después de que Rojas consiguiera asesoramiento legal privado y denunciara los hechos oficialmente.
Asimismo, el 29 de noviembre de 2024, un incendio destruyó la oficina de la abogada mapuche y defensora de los derechos humanos medioambientales Orietta Llauca Huala en la ciudad de Llanquihue (Región de Los Lagos). Los medios de comunicación informaron que los servicios de emergencia dieron con cuatro elementos clave: detectaron la presencia de sustancias acelerantes, confirmaron que el incendio se había originado en el lugar donde se almacenaban los expedientes judiciales, excluyeron la posibilidad de un fallo eléctrico e indicaron la posible participación de terceros.
El ataque se produjo después de que Llauca Huala sufriera una serie de amenazas por su trabajo. En 2023, recibió una amenaza por escrito en la que los autores le ordenaban abandonar sus casos y le advertían que incendiarían su domicilio si no lo hacía. Las amenazas habrían continuado, a pesar de que la defensora presentó una denuncia ante la Fiscalía.
Condenan por difamación a un defensor medioambiental
El 2 de mayo de 2025, un tribunal penal de primera instancia de Viña del Mar declaró culpable de daños a la honra al defensor del medio ambiente Gonzalo Pavez Sepúlveda, a raíz de una denuncia presentada por un alto cargo de Las Salinas S.A., una empresa inmobiliaria propiedad de Copec, del influyente Grupo Angelini.
El litigio tiene su origen en un video publicado por el movimiento popular Un Parque para Las Salinas en el que Pavez Sepúlveda y otras personas criticaban el historial medioambiental de la empresa y señalaban el uso de sustancias peligrosas durante el proceso de recuperación del suelo de un terreno contaminado por actividades relacionadas con la producción petroquímica y agroquímica.
El tribunal ordenó retirar el video por considerar que dañaba la reputación del denunciante. Sin embargo, el equipo jurídico de Pavez Sepúlveda argumentó que en la grabación se abordaban cuestiones de interés público y que las críticas se centraban únicamente en las responsabilidades profesionales del denunciante y no en aspectos de su vida privada. El 6 de mayo de 2025, el defensor interpuso un recurso de apelación ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso.
Pavez Sepúlveda reside en la localidad afectada, es miembro del movimiento Un Parque para Las Salinas de Viña del Mar y ha abogado activamente a favor de la reconversión de los terrenos contaminados de Las Salinas en un parque público. En el marco de su labor, ha denunciado lo que tanto él como otras personas califican de deficiencias normativas graves, incluido el uso no supervisado de sustancias cancerígenas y neurotóxicas durante procesos de descontaminación.
Cabe señalar que el caso contra Pavez Sepúlveda no es un hecho aislado. Ya el 11 de marzo de 2025 había sido acusado de agredir físicamente a una persona sobre la base de un vídeo que más tarde se demostró que había sido manipulado. Finalmente el tribunal desestimó los cargos después de que un análisis técnico concluyera que se trataba de un montaje. En ambos casos, los denunciantes solicitaron medidas cautelares para que se prohibiera al defensor acceder al lugar donde la empresa lleva a cabo las tareas de remediación, que, de ser acordadas, podrían obstaculizar significativamente su labor reivindicativa.
Según Front Line Defenders, las acciones legales contra Pavez Sepúlveda forman parte de un patrón de represalias contra los miembros de Un Parque para Las Salinas, que están siendo acosados por su trabajo. La organización expresó su creciente preocupación por el uso indebido del sistema judicial para intimidar y silenciar a las personas defensoras de los derechos humanos medioambientales, especialmente a las que se enfrentan a empresas con mucho poder.
🚨 #Chile
— Front Line Defenders (@FrontLineHRD) May 15, 2025
On 2 May, HRD Gonzalo Pavez Sepúlveda was declared guilty in a defamation case against the real estate company Las Salinas S.A..
A member of the citizen movement Un Parque para Las Salinas, this is not the first time he has been a target of persecution for his work… pic.twitter.com/nKSvCVVs3D
Un candidato presidencial difama al director de campaña de Greenpeace y lo amenaza
El 12 de enero de 2025, el candidato presidencial del ultraconservador Partido Republicano de Chile José Antonio Kast amenazó y difamó públicamente a Matías Asún, defensor del medioambiente y director de campañas de Greenpeace para Chile, Argentina y Colombia, durante una entrevista televisiva. Kast tergiversó los comentarios de Asún sobre la propuesta para reformar el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) y dio a entender que la protección del medioambiente provoca retrasos injustificados en las inversiones:
“El señor de Greenpeace se atreve a ir a una sesión del Senado a decir que en cualquier proyecto de inversión que quieran hacer, le mete dos mil días de trámites. A ese señor lo vamos a invitar a cambiarse de país. Le vamos a decir: ‘oiga, ¿cómo se le ocurre meterle, porque tiene ganas, dos mil días de retraso, por ejemplo, a una planta desalinizadora?’”.
Kast hizo estas declaraciones tras a una comparecencia pública de Asún en el Congreso durante la que expresó su preocupación por la ejecución de proyectos empresariales que no han cumplido con las obligaciones medioambientales que establece la ley.
Más de 100 organizaciones de la sociedad civil y 370 activistas condenaron los comentarios de Kast y los interpretaron como parte de la tendencia a desacreditar y deslegitimar a las personas defensoras de los derechos humanos medioambientales:
“Es inaceptable que figuras públicas, con incidencia política y social, promuevan ideas que atentan contra el ejercicio de la democracia y los Derechos Humanos, y, en este caso, amenacen a trabajadores públicos, a dirigentes sociales y a ciudadanos con arrebatarles sus fuentes de trabajo o expulsarlos del país por el simple hecho de cumplir con su trabajo y misión. Este tipo de mensajes evocan episodios lamentables de nuestra historia que no debemos permitir que se repitan. Afortunadamente, los tiempos en que el Estado chileno exilió y exoneró a personas por no compartir las ideas de sus gobernantes quedaron en el pasado”.
🔴 #Declaración
— ONG FIMA (@FIMA_Chile) January 17, 2025
Las organizaciones firmantes rechazamos transversalmente las declaraciones de
J. A Kast contra @matiasasun, director de @GreenpeaceCL
Lee la declaración en https://t.co/ecY3YZIH5P pic.twitter.com/iDwj2xJYlb
Un informe revela un aumento alarmante de las agresiones contra las personas defensoras del medioambiente
En su informe de 2024, la fundación Escazú Ahora señala que la situación de las personas defensoras del medioambiente en Chile sigue deteriorándose, con un aumento notable tanto de la magnitud como de la complejidad de las amenazas y los ataques; una coyuntura preocupante que pone de manifiesto la profunda brecha entre los marcos de protección del Estado y los riesgos crecientes a los que se enfrentan quienes defienden el medioambiente y el derecho a la tierra.
La organización documentó un aumento de los ataques violentos: casi la mitad de los incidentes registrados implicaron agresiones físicas (tres veces más que en 2023). Las regiones del Biobío, Los Lagos y Los Ríos concentraron el mayor número de casos violentos. Si bien la región de Valparaíso registró el mayor número de casos, la región de Biobío destacó como la más violenta.
Las mujeres defensoras se llevaron la peor parte. A pesar de que el número de hombres y mujeres afectados es prácticamente idéntico, en el 70,2 % de los 47 casos denunciados las víctimas fueron mujeres. Este patrón pone de manifiesto la importancia del género en los conflictos medioambientales en Chile, donde las mujeres a menudo se enfrentan a formas repetidas y específicas de ataques físicos y verbales.
El informe también destaca un cambio en los métodos de acoso judicial. A diferencia de lo que ocurrió en 2023, año en el que predominaron las demandas civiles, en 2024 se produjo un aumento considerable en el uso de las causas penales y de otros mecanismos legales para silenciar las reivindicaciones en defensa del medioambiente, especialmente en litigios relacionados con infraestructuras energéticas y proyectos de saneamiento. Los conflictos relacionados con el sector forestal fueron uno de los principales desencadenantes y estuvieron detrás del 38,3 % de las amenazas y del 91,3 % de las agresiones físicas. Las regiones del Biobío y Los Lagos fueron las más afectadas.
La mayoría de las víctimas siguen teniendo dificultades para acceder a la justicia. En el 38,2 % de los casos, las víctimas no emprendieron acciones legales, a menudo por la desconfianza generalizada en el sistema judicial o al miedo a ser revictimizadas. Sin embargo, cuando sí lo hicieron, solo el 2,1 % de los casos se resolvió a favor de las personas defensoras y más de la mitad de ellos (el 53,1 %) aún estaban en curso a finales de 2024.
Los datos recopilados reflejan una escalada significativa de la violencia física, los ataques sexistas, el acoso judicial y la impunidad, lo que plantea serias preocupaciones en cuanto al cumplimiento de las normas internacionales en materia de derechos humanos.
Las PDDH siguen desprotegidas, advierte el INDH
El 10 de diciembre de 2024, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) publicó su informe anual de 2024. En él, la organización destaca las deficiencias persistentes en la protección de los derechos humanos. En particular, el informe revela una situación preocupante, marcada por la inacción de las instituciones frente a los riesgos crecientes a los que se enfrentan las personas defensoras de los derechos humanos (PDDH).
El informe también contiene críticas hacia el Estado chileno por no establecer un marco jurídico que reconozca y proteja explícitamente a las PDDH. Aunque el Protocolo de Protección a las Personas Defensoras de Derechos Humanos ya ha sido redactado, el INDH señala que aún no ha sido puesto en marcha. Además, el protocolo tiene un ámbito de aplicación restringido, ya que solo se aplica a los procesos penales, y no ofrece una respuesta a las amenazas por lo civil, incluidas las demandas estratégicas contra la participación pública (SLAPP, por sus siglas en inglés).
El INDH explica que no existen medidas de protección urgentes ni registros a nivel nacional que permitan evaluar la magnitud de las amenazas o los ataques contra las PDDH. Asimismo, la labor de las PDDH no se considera como un factor de riesgo en las investigaciones sobre violaciones ni se buscan patrones o posibles motivos de represalias. Además, el Ministerio Público carece de directrices institucionales vinculantes para dar respuesta a estas preocupaciones y las unidades de atención existentes no proporcionan medidas de protección diferenciadas adaptadas a las PDDH.
En sus recomendaciones, el INDH reitera una necesidad que ya planteó por primera vez en 2016, a saber, que todos los poderes del Estado reconozcan oficialmente las PDDH e implementen protecciones para ellas, especialmente frente a las amenazas provenientes de agentes estatales y no estatales. También pide a los legisladores que adopten leyes específicas e insta a que se lleven a cabo reformas para evitar el uso indebido de la legislación penal sobre la difamación. Asimismo, recomienda que las instituciones judiciales, las fuerzas del orden y el funcionariado público reciban una formación continua sobre el papel y los derechos de las PDDH.
Proyecto de ley histórico para la protección de las personas defensoras del medioambiente
El 9 de abril de 2025, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el Proyecto de ley núm. 16.886-12, que regula la protección de las y los defensores de la naturaleza y los derechos humanos en asuntos medioambientales. En medio de los crecientes llamamientos de la sociedad civil para que se establezcan garantías jurídicas sólidas, este avance materializa las obligaciones del Estado chileno en virtud de los marcos internacionales y regionales, entre ellos el Acuerdo de Escazú, ratificado en 2022.
La propuesta legislativa consagra una serie de obligaciones estatales, entre ellas el establecimiento de garantías procesales, sistemas de alerta temprana y organismos de coordinación interinstitucional para garantizar la participación segura e informada de la ciudadanía en asuntos medioambientales. Además, prevé asistencia jurídica y medidas de protección para quienes se enfrentan a amenazas, especialmente para las personas y comunidades en situación de vulnerabilidad.
El proyecto de ley también responsabiliza penalmente a las empresas implicadas en delitos contra las personas defensoras del medioambiente e introduce agravantes específicas en la Ley de Delitos Económicos.
La medida tuvo una buena acogida entre las organizaciones de la sociedad civil, que la interpretaron como una respuesta tardía a la escalada de ataques contra las personas defensoras, especialmente en las regiones afectadas por las industrias extractivas, los conflictos forestales y la degradación del medioambiente.
Reunión pacífica
Pescadores artesanales protestan contra el proyecto de ley para la distribución de cuotas en medio de una escalada de tensiones
El 25 y el 26 de marzo de 2025, miles de pescadores artesanales se movilizaron en las principales ciudades portuarias, frente al Congreso Nacional, en Valparaíso, y en el resto del país contra la ley de fraccionamiento, una propuesta legislativa para redistribuir las cuotas de pesca. El proyecto es un elemento central de una reforma más amplia de la legislación pesquera que busca regular la explotación de los recursos marítimos mediante la redistribución de las cuotas de pesca en dieciocho caladeros.
Los manifestantes exigieron que se conservara la versión original del proyecto de ley aprobada por la Cámara de Diputadas y Diputados, ya que temen que las enmiendas aprobadas recientemente por el Senado beneficien desproporcionadamente a la pesca industrial. Pedro Toño, presidente del sindicato Caleta Portales, criticó los cambios: “En la Cámara de Diputados, ganó la merluza común 70 % artesanal y 30 % industrial. Esto pasó al Senado y votaron un 43 % de la merluza común para la pesca artesanal y un 57 % para la industria. Y eso no podemos permitirlo como pescadores artesanales. Hemos pasado mucha hambre y esperamos que esta vez se pueda lograr lo que se ganó por paliza en la Cámara”.
Las protestas se intensificaron en las inmediaciones del Congreso Nacional el 25 de marzo, especialmente en la plaza O'Higgins de Valparaíso, donde los manifestantes derribaron una valla perimetral. Los medios de comunicación informaron que un carabinero resultó herido en una pierna durante el incidente. Los manifestantes habrían lanzado objetos contra las ventanas del despacho del presidente del Senado José García Ruminot, de Renovación Nacional, y contra la sala donde la Comisión Nacional de Medio Ambiente debatía la legislación sobre la gestión costera y las concesiones marítimas, provocando la interrupción de la sesión. En respuesta, los Carabineros detuvieron a cuatro manifestantes.
El 26 de marzo, las fuerzas del orden usaron gases lacrimógenos y cañones de agua para disolver una manifestación en el puerto de Caleta Portales, en Valparaíso. Las manifestaciones también se intensificaron en otras regiones días más tarde. Los manifestantes habrían incendiado tres vehículos policiales en la Ruta 5 Sur, cerca del municipio de San Javier, a unos 270 kilómetros al sur de Santiago. Al día siguiente, las movilizaciones se extendieron por la costa y los manifestantes cerraron el paso a los buques de carga que intentaban acceder a los puertos de Valparaíso y San Antonio.
Los pescadores artesanales alegaron que la redistribución de las cuotas reduciría su acceso a especies clave, como la merluza común, y advirtieron que podría dar lugar a la reintroducción de prácticas de arrastre de fondo. Según los informes anuales de la Subsecretaría de Pesca, los caladeros de merluza común han experimentado fluctuaciones durante años, oscilando entre la sobreexplotación y el agotamiento.
En declaraciones a Mongabay Latam, César Astete, director de campañas de pesquerías de Oceana, explicó: “El crítico escenario se debe a una sobrepesca histórica, en la que hay actividad ilegal y en la que la pesca de arrastre de fondo [que realiza la industria] también tiene responsabilidad en la crisis, no solo desde el punto de vista ambiental, sino también social y económico para las comunidades de la pesca artesanal”.
El proyecto de ley sobre el uso de la fuerza hace saltar las alarmas
El 12 de mayo de 2025, la Cámara de Diputadas y Diputados rechazó diez enmiendas al Proyecto de ley n.º 15805-07, que establece normas generales sobre el uso de la fuerza para el personal de las fuerzas de orden y seguridad pública y de las fuerzas armadas en las circunstancias que se señala. Ahora, una comisión mixta compuesta por cinco miembros de cada cámara deberá negociar el texto definitivo para que pueda continuar con su tramitación parlamentaria.
La decisión se produjo tras una votación muy criticada en el Senado, el 23 de abril, durante la que se excluyó el principio de proporcionalidad del proyecto de ley, pilar esencial del derecho internacional en materia de derechos humanos. Juristas advirtieron que esta omisión podría legitimar el uso arbitrario y excesivo de la fuerza por parte de los agentes del Estado y menoscabar las obligaciones internacionales que Chile ha adquirido en virtud de tratados internacionales.
El proyecto legislativo fue presentado inicialmente por el Gobierno en abril de 2023 y actualmente se encuentra en su tercera fase constitucional. Pese a que la propuesta busca codificar el uso de la fuerza en un único instrumento legislativo, unificar los criterios operativos y brindar una mayor seguridad jurídica a las fuerzas de seguridad, su compatibilidad con el derecho internacional en materia de los derechos humanos sigue siendo motivo de preocupación.
El 24 de enero de 2025, cuatro relatorías especiales de las Naciones Unidas acogieron con satisfacción la voluntad del Estado chileno de regular el uso de la fuerza mediante una ley y reconocieron que constituía un paso adelante para adaptar las prácticas nacionales a los estándares internacionales. No obstante, instaron al Gobierno a revisar el proyecto de ley para garantizar el pleno cumplimiento de instrumentos jurídicos como el Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, los Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, y las Orientaciones sobre el empleo de armas menos letales en el mantenimiento del orden.
Las relatorías identificaron varios aspectos preocupantes:
- La imprecisión terminológica: expresiones como “objetivo legítimo”, que aparece en el artículo 2, siguen siendo demasiado ambiguas y podrían dar lugar a un uso discrecional y no regulado de la fuerza. Las relatorías reiteraron que la fuerza debe emplearse de manera proporcionada y como último recurso cuando sea estrictamente necesario y no existan otros medios.
- La supervisión y la rendición de cuentas: la ausencia de órganos de supervisión independientes vulnera las normas internacionales. Como señala el Comité de Derechos Humanos en su Observación General N.º 37, una supervisión rigurosa e imparcial es esencial para evitar la impunidad.
- La participación de militares en la seguridad interior: el proyecto de ley no especifica que, en caso de que las Fuerzas Armadas participasen en tareas de seguridad pública, también estarían sujetas a las mismas obligaciones en materia de derechos humanos aplicables a la policía civil.
Amnistía Internacional Chile también se mostró muy preocupada por la posibilidad de que, en la práctica, el proyecto de ley institucionalice el uso excesivo de la fuerza al ofrecer una cobertura legal a las violaciones de derechos. En un comunicado publicado el 22 de abril, la organización advirtió que la legislación podría consolidar la impunidad al dar un barniz legal a las violaciones de derechos. Entre otras preocupaciones, destacó las siguientes:
- En primer lugar, la ambigüedad conceptual en el uso de términos como “agresión ilegal”, “resistencia activa” o “peligro inminente” ―que siguen sin definirse o son excesivamente vagos―, que permite una amplia discrecionalidad en la interpretación y el uso de la fuerza.
- En segundo lugar, el proyecto de ley introduce una presunción de legalidad en el uso de la fuerza cuando se ejerza en el cumplimiento del deber, un enfoque que podría socavar la obligación de investigar todos los casos en los que se haya empleado la fuerza.
- En tercer lugar, la organización destacó la regulación inadecuada del uso de las armas menos letales y la ausencia de protocolos claros para ciertas herramientas, como los táseres, así como la falta de transparencia y de rendición de cuentas, especialmente si se tiene en cuenta el historial de Carabineros en la aplicación protocolos reservados para el control de multitudes.
- En cuarto lugar, el proyecto de ley no prevé la creación de mecanismos de supervisión independientes. No se contempla la creación de órganos de supervisión externos facultados para fiscalizar y auditar el uso de la fuerza.
- En quinto lugar, la legislación autoriza la participación de las fuerzas armadas en operaciones de seguridad interior sin una supervisión civil adecuada.
- Por último, el proyecto de ley tampoco establece garantías específicas para grupos en riesgo, como la infancia, las personas con discapacidad o con afecciones psicológicas, ni exige que se documenten de forma sistemática las actividades policiales que impliquen el uso de la fuerza.
De aprobarse en su versión actual, el proyecto de ley podría incumplir las obligaciones internacionales del Estado chileno y socavar la libertad de reunión pacífica.
La absolución de un carabinero en una causa por un tiroteo policial genera preocupación por las normas sobre el uso de la fuerza
El 9 de mayo de 2025, el Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago absolvió por unanimidad a Gonzalo Andrés de la Costa Lara, funcionario de Carabineros, de todos los cargos derivados de dos operativos policiales en la comuna de San Joaquín, durante los momentos más álgidos de la revuelta social de 2019-2020. El tribunal lo absolvió de los cargos por disparos injustificados y lesiones corporales graves, incluidos los presentados por el Ministerio Público y las querellas formuladas por el Instituto Nacional de Derechos Humanos y la organización defensoras de los derechos humanos CODEPU por actos reiterados de malos tratos y tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Los hechos presuntamente habrían ocurrido el 19 de octubre de 2019 y el 2 de marzo de 2020, durante sendos operativos estatales que dejaron a un hombre con lesiones permanentes en el pie y a una niña de doce años con secuelas duraderas por una herida de bala en la cadera. La representación legal de las víctimas había señalado que ambas eran civiles y que estaban desarmadas en el momento en que se produjeron los incidentes.
El Tribunal consideró que las pruebas eran insuficientes para establecer, más allá de toda duda razonable, los elementos materiales de los delitos imputados. Determinó que la conducta del agente se ajustaba al marco normativo vigente en ese momento y aplicó la circunstancia eximente de la legítima defensa, prevista en el artículo 10.6 del Código Penal.
Tras la sentencia, CODEPU destacó que el fallo del Tribunal confirmó la absolución de un carabinero en un caso en el que estaban implicadas dos personas: una que sufrió lesiones permanentes en un pie y una niña de doce años que sufrió lesiones duraderas tras ser alcanzada por munición real. A la organización le preocupa que la sentencia evidencie un fracaso institucional más profundo en la aplicación de las normas internacionales sobre el uso de la fuerza y la rendición de cuentas por parte de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.
La organización cuestionó la compatibilidad de la Ley N.º 21.560, también conocida como la ley Naín-Retamal, con las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, ya que la norma amplía considerablemente el alcance de la legítima defensa y podría contribuir a erosionar las garantías contra el uso excesivo de la fuerza. Según CODEPU, al apoyarse en un contexto generalizado de desórdenes para justificar la conducta del uniformado, el razonamiento del Tribunal podría socavar la tutela judicial y disuadir a las víctimas y a los actores de la sociedad civil de buscar reparación por la vía judicial en casos similares.
En su informe anual de 2025, Amnistía Internacional se hizo eco de estas preocupaciones y documentó la existencia de un patrón persistente de impunidad por los crímenes y las violaciones de los derechos humanos tipificadas en el derecho internacional, los cuales fueron perpetrados tanto durante como después de las protestas de 2019. También señaló que varias figuras políticas han cuestionado abiertamente la independencia y la legitimidad de las acciones de la Fiscalía, en particular, aquellas dirigidas contra los miembros del antiguo alto mando de Carabineros.
La absolución de un acusado de torturas pone de manifiesto los obstáculos de acceso a la justicia
El 10 de febrero de 2025, el Tribunal Oral en lo Penal de Talagante dio a conocer la sentencia del caso de Héctor Pérez Catalán, que documentó una protesta en la capital el 19 de octubre de 2019 durante la revuelta social. Agentes de la Policía de Investigaciones de Chile (PDI) lo agredieron físicamente mientras grababa operaciones policiales con su teléfono. Las autoridades habían acusado al subcomisario Manuel Ortiz Otárola de un delito de torturas en virtud del artículo 150, apartado a), del Código Penal.
El Tribunal concluyó que los actos cometidos contra Pérez constituían un delito de torturas y calificó la infracción como consumada. Pese a esto, absolvió a Ortiz debido a la insuficiencia de pruebas que lo relacionasen directamente con las agresiones. El tribunal tampoco encontró pruebas concluyentes, ni directas ni circunstanciales, que demostraran la implicación personal del acusado en la conducta ilícita formulada en el escrito de acusación. El equipo jurídico de Pérez anunció que recurriría el fallo.
A pesar del resultado, el hecho de que el Tribunal acreditara la comisión de un delito de torturas supone un avance significativo en la respuesta judicial a las denuncias por violencia policial durante la revuelta social. Catalina Padilla, abogada de CODEPU y representante legal de la víctima, explicó que, desde 2019, este es solo el sexto caso en el que la justicia chilena reconoce un delito de torturas y no el delito menor de “apremios ilegítimos”, que suele aplicarse en circunstancias similares.
La sociedad civil se moviliza en defensa de la líder mapuche desaparecida Julia Chuñil
En una creciente oleada de movilizaciones en todo el país, las organizaciones de la sociedad civil han llamado la atención sobre la desaparición de la líder mapuche Julia Chuñil (ver Libertad de Asociación) y han reclamado que el Estado tome cartas en el asunto y que se depuren responsabilidades urgentemente. El 27 de diciembre de 2024, el Movimiento contra la Tortura Sebastián Acevedo (MCTSA) encabezó una manifestación frente al palacio de La Moneda en la que denunció la inacción del Estado y pidió que se protegiera a las personas defensoras del medioambiente y a las comunidades indígenas, de conformidad con las obligaciones internacionales del Estado chileno.
Con pancartas en las que se podía leer “¿Dónde está Julia Chuñil?” o “El Estado es responsable”, las personas manifestantes pidieron al Gobierno y a la Fiscalía que informaran sobre las acciones que estaban llevando a cabo para encontrarla. También subrayaron que Chile es signatario del Acuerdo de Escazú, un tratado regional vinculante que obliga a los Estados a garantizar la protección de las personas defensoras del medioambiente. Asimismo, instaron a las autoridades a que cumpliesen con ese compromiso, abrieran una investigación independiente y garantizasen la reaparición segura e inmediata de Chuñil. También exigieron que los responsables de su desaparición sean llevados ante la justicia.
El 8 de enero de 2025, activistas de Santiago y Valparaíso se unieron a las manifestaciones coordinadas que se celebraron en varias regiones para reclamar el regreso seguro de Julia Chuñil y condenar lo que consideran un fracaso sistémico en la protección de las personas indígenas que defienden sus territorios. El 8 de mayo de 2025, seis meses después de la desaparición de Chuñil, movimientos sociales, comunidades indígenas y organizaciones de derechos humanos se movilizaron una vez más en todo el país para exigir acciones concretas y reclamar responsabilidades al Estado chileno. Las personas manifestantes denunciaron la inacción institucional y pidieron el pleno cumplimiento de las obligaciones contraídas por Estado chileno en virtud del Acuerdo de Escazú.
Resistencia indígena en el desierto de Atacama
El 10 de enero de 2025, comunidades atacameñas de Toconao, Cámar, Socaire y Talabre cortaron la principal vía de acceso al Salar de Atacama, donde las empresas mineras SQM y Albemarle desarrollan proyectos de extracción de litio. El Consejo de Pueblos Atacameños (CPA) convocó la protesta en respuesta al anuncio de la firma de un memorando de entendimiento entre Codelco y SQM. El Consejo denunció el acuerdo, que prorroga la explotación del litio en dicho territorio hasta 2060, ya que fue redactado sin el consentimiento libre, previo e informado de las comunidades indígenas afectadas.
Los miembros de la comunidad consideran que su exclusión del proceso supone una violación de sus derechos y va en contra de lo establecido por la legislación chilena y por normas internacionales como el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas. Con el corte vial, anunciado en un primer momento como indefinido, las comunidades buscaban obligar al presidente Gabriel Boric a cumplir su compromiso público de visitar el Salar y dialogar directamente con ellas.
Después de casi tres días de movilización continua y de negociaciones con funcionarios del Ministerio de Minería, el 12 de enero de 2025 por la noche, el CPA anunció que suspendería temporalmente los cortes viales, después de que el Gobierno se hubiese comprometido a conceder a las comunidades atacameñas una audiencia con el presidente Gabriel Boric.
El Salar de Atacama, rico en litio, sigue siendo uno de los principales escenarios del conflicto entre los intereses económicos y los derechos territoriales de las comunidades indígenas.
Movilizaciones masivas con motivo del Día Internacional de la Mujer
El 8 de marzo de 2025, miles de mujeres y niñas salieron a las calles en todo Chile para conmemorar el Día Internacional de la Mujer. La marcha principal, organizada por la Coordinadora Feminista 8M en Santiago, estuvo puntuada por discursos y actos culturales. Comenzó en la plaza Baquedano y continuó por la Alameda hasta la plaza de los Héroes.
Según Carabineros, unas 15 000 personas participaron en la marcha de la capital. Sin embargo, la Coordinadora estimó una participación mucho mayor, reflejo del amplio apoyo al movimiento feminista en el país. La manifestación se desarrolló pacíficamente durante todo el día: las participantes portaron pancartas, corearon eslóganes y realizaron actividades artísticas para poner en relieve cuestiones relacionadas con los derechos de la mujer.
Por la tarde se produjeron incidentes aislados poco antes del final de la marcha. Los medios de comunicación informaron que pequeños grupos habían levantado barricadas, les habían prendido fuego y se habían enfrentado a las fuerzas policiales en las inmediaciones de la calle San Ignacio. Frente a esta situación, Carabineros usó cañones de agua y aplicó otras medidas para el control de multitudes. Las autoridades informaron de dieciséis detenciones, tanto preventivas como por desórdenes públicos, y de una mujer que resultó herida al ser alcanzada por un objeto.
El funcionariado se moviliza en defensa de la seguridad laboral
El 28 de noviembre de 2024, la Asociación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF), junto con la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) y otros sindicatos del sector público, iniciaron una huelga nacional contra los recientes cambios introducidos por la Contraloría General de la República. En el centro de la disputa está una interpretación revisada del principio de “confianza legítima”, que históricamente ha protegido a quienes trabajan para el Estado contra los despidos arbitrarios tras determinado tiempo de servicio.
Según los nuevos criterios, los miembros del personal que no hayan alcanzado un umbral de permanencia predefinido podrán ser despedidos sin que la desvinculación se considere ilegal o arbitraria. Los liderazgos sindicales sostienen que estos cambios socavan las garantías a favor de la estabilidad laboral que tanto ha costado conseguir. La ANEF rechazó la iniciativa y aseguró que constituye una violación fundamental de la integridad institucional y la ética del servicio público.
#Noticia | Contundente jornada de Paro Nacional del Sector Público pone en jaque al “gobierno de los trabajadores”
— ANEF (@anefchile) November 28, 2024
🔎 Lee la noticia en https://t.co/puHXOJguzs#ANEF #MSPCUT #CUT #ParoNacional #DefensaEmpleoPúblico pic.twitter.com/sv1mDHXKqQ
Libertad de expresión
Detienen arbitrariamente a dos periodistas
El 30 de enero de 2025, funcionarios de la Comisaría 50 de San Joaquín detuvieron de forma arbitraria a los periodistas Gian Giachetti, de Televisión Nacional de Chile (TVN), y Fernando Fabres, de Mega, mientras cubrían un operativo policial por un homicidio. El Colegio de Periodistas de Chile explicó que la tensión aumentó a última hora de la tarde, cuando agentes de Carabineros ampliaron bruscamente el perímetro de seguridad en torno a la escena del crimen.
Esto provocó un altercado entre los agentes y los profesionales del periodismo presentes en el lugar, durante el cual los dos periodistas fueron detenidos con el pretexto de un control rutinario de identidad. Ambos reporteros habrían cumplido con los protocolos profesionales y estaban claramente identificados como trabajadores de los medios de comunicación cuando fueron detenidos.
Poco después del suceso, el Sindicato de Prensa N.º 3 de TVN condenó el incidente y aseguró que se trataba de un acto violento e injustificado contra el derecho a informar libremente. La asociación de trabajadores afirmó que Carabineros sabía perfectamente que Giachetti era periodista y, aun así, lo esposaron y trasladaron a una comisaría. Las denuncias por malos tratos físicos durante su detención han aumentado aún más la preocupación y el sindicato ha calificado el uso de la fuerza de innecesario y coercitivo.
🇨🇱 #Chile: RSF condena la detención arbitraria del periodista Gian Giachetti, de TVN, por parte de Carabineros de la 50ª Comisaría de San Joaquín mientras cubría un homicidio en La Legua. Pedimos al gobierno garantizar la protección de los trabajadores de prensa. https://t.co/SWyCFPvtZZ
— RSF en español (@RSF_esp) February 6, 2025
Ataques contra la prensa en 2024
El último informe anual del Observatorio del Derecho a la Comunicación (ODC), una organización civil defensora de la libertad de prensa, reveló un aumento de las agresiones contra los profesionales de la prensa en 2024. Gracias a un seguimiento sistemático, la organización pudo documentar 132 violaciones contra la prensa, lo que supone un aumento del 27 % con respecto a 2023, una cifra que pone de manifiesto la hostilidad creciente hacia las personas que trabajan en los medios de comunicación, especialmente hacia las mujeres.
En el informe, el ODC identifica 94 casos de restricciones y de actos violentos, y 38 de obstrucción al acceso a la información pública a través de dispositivos de transparencia. La organización contabilizó 128 víctimas de actos violentos o restricciones, y determinó la identidad de 113 agresores, la mayoría de los cuales son autoridades públicas o agentes del Estado.
Uno de los hallazgos más preocupantes fue la diversificación de los contextos en los que se producen las agresiones contra la prensa. A diferencia de años anteriores, las infracciones ya no solo se produjeron durante la cobertura de actos de protesta públicos. Los profesionales del periodismo también fueron objeto de ataques en muchos otros contextos informativos, lo que sugiere una normalización de la hostilidad hacia la prensa.
Los equipos de televisión que trabajan sobre el terreno corren un mayor riesgo y siguen siendo los más expuestos a las agresiones físicas y verbales. Asimismo, el creciente número de procesos judiciales contra medios digitales locales o independientes revela también una tendencia al alza del acoso judicial, que se está usando como herramienta para silenciar las críticas de la prensa.
El ODC también constató un aumento alarmante de la violencia de género contra las mujeres periodistas, especialmente en entornos digitales. Por primera vez, la mayoría de las víctimas de una categoría específica de difamación fueron mujeres. Asimismo, las mujeres periodistas con una fuerte presencia en redes sociales fueron objeto de ataques masivos, reiterados y selectivos relacionados con su identidad de género u orientación sexual.
Meta borra la publicación de un periodista
El 19 de enero de 2025, Instagram, una red social propiedad de Meta, eliminó de la cuenta del periodista Daniel Matamala una publicación relacionada con una columna de opinión que este había escrito para La Tercera. En su artículo, Matamala analizaba de forma crítica el papel de las redes sociales en la difusión de informaciones falsas, la promoción de discursos de odio y la manipulación de la opinión pública. También expresó su preocupación por la influencia de los gigantes tecnológicos en el discurso político y la gobernanza, afirmando que quienes controlan estas plataformas “est[arán] en los asientos de honor, junto a las autoridades del Gobierno entrante”, en referencia al presidente de los Estados Unidos. Poco después de que Matamala subiera su columna de opinión a Instagram, tanto la publicación como el contenido relacionado con ella fueron retirados. Meta no ha dado ninguna explicación pública.
El Colegio de Periodistas de Chile emitió un comunicado en el que condenó la medida y la calificó de acto de censura. La asociación se solidarizó con Matamala, criticó el poder desproporcionado que ejercen las empresas tecnológicas digitales sobre los contenidos en internet y advirtió que el incidente no solo constituye una violación de los derechos del periodista, sino también una amenaza general para la libertad de expresión y el pluralismo mediático tanto en Chile como en el extranjero.
La Corte Suprema falla contra un abogado que pretendía censurar la publicación de mensajes privados
El 30 de diciembre de 2024, la Corte Suprema de Chile confirmó la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago, que había rechazado un recurso de protección constitucional presentado por el destacado abogado Samuel Donoso, reafirmando así la primacía de la libertad de prensa y el interés público. La solicitud buscaba impedir la publicación y difusión de conversaciones privadas de WhatsApp entre Donoso y sus colegas Luis Hermosilla y Gabriel Zaliasnik, en las que, presuntamente, los tres habrían coordinado estrategias legales e intentado influir en la designación del fiscal nacional.
El litigio comenzó el 14 de noviembre de 2024, cuando Donoso presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago. En él, alegó que se habían vulnerado sus derechos constitucionales a raíz de las indagaciones realizadas por el medio de investigación The Clinic, que el 9 de noviembre de 2024 lo había interpelado sobre una serie de mensajes obtenidos del teléfono de Hermosilla. El medio tenía la intención de publicar el contenido de esos mensajes en un futuro reportaje.
Donoso solicitó a la Corte que impidiera la publicación de dicha información, obligara a The Clinic a entregar todos los mensajes de los que dispusiera y ordenara su destrucción. Pese a esto, el medio digital publicó el 17 de noviembre de 2024 un reportaje en el que reveló conversaciones en las que los tres abogados habrían hablado de filtrar información sensible de casos a la prensa, desacreditar a funcionarios públicos y presionar a favor de la nominación de José Morales como fiscal nacional.
En respuesta, Donoso solicitó a la Corte que ordenara la retirada del artículo y que prohibiera que se citasen sus mensajes en el futuro. La Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible el recurso, al considerar que no cumplía los criterios legales necesarios para obtener el amparo constitucional. También señaló que Donoso disponía de otros recursos legales, como el derecho de rectificación, en virtud del artículo 16 de la Ley N.º 19.733, o la apertura de una causa por la vía penal.
Donoso recurrió la decisión y presentó peticiones adicionales ante la Corte Suprema acompañadas de pruebas extraídas de un artículo posterior publicado el 9 de diciembre de 2024. En él, figuraban nuevas conversaciones filtradas entre Luis Hermosilla y el exministro del Interior Andrés Chadwick, a quien Donoso representa en una arista del “caso Hermosilla”.
No obstante, la Tercera Sala de la Corte Suprema confirmó por unanimidad la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago y volvió a declarar inadmisible la solicitud. Afirmó que la publicación de mensajes, independientemente de su carácter privado, no violaba los derechos de Donoso. Sin embargo, la Corte Suprema sí remitió los antecedentes del caso al Ministerio Público para su revisión.
Dictan sentencia por el despido de la periodista Paulina de Allende-Salazar
El 2 de enero de 2025, el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago dictó sentencia en primera instancia a favor de la periodista Paulina de Allende-Salazar, despedida por Megamedia S.A. el 6 de abril de 2023, después de que durante una emisión en directo llamara, por error, “paco” a un carabinero fallecido. El tribunal consideró que el despido violó garantías constitucionales, en particular el derecho a la honra de la periodista y el derecho a la libertad de expresión. Megamedia fue condenada a presentar disculpas públicas a la afectada y a pagarle una indemnización por daños morales y por la rescisión de su contrato laboral.
La jueza declaró que el despido de la periodista vulneró derechos laborales fundamentales y carecía de justificación. También condenó a Megamedia a pagar 243 millones de CLP (unos 260 000 USD) en virtud de una cláusula contractual en caso de rescisión anticipada, así como otros 20 millones de CLP (unos 20 000 USD) por daños extrapatrimoniales derivados del menoscabo que sufrió la reputación de la periodista.
Además, la cadena deberá emitir una disculpa pública en su programa matinal Mucho Gusto y a través de las mismas plataformas que se usaron para difundir las declaraciones originales, en un plazo no superior a tres meses desde la conclusión del proceso judicial. Entre otras medidas de reparación, el tribunal ordenó que la plantilla de periodistas y el personal directivo de Megamedia recibieran una formación presencial sobre cuestiones relacionadas con la libertad de expresión.
Los medios de comunicación informaron que Paulina de Allende-Salazar acogió la sentencia con satisfacción y señaló que el fallo sienta un importante precedente para la protección de los derechos de los profesionales del periodismo en Chile. También destacó que el tribunal reconoció el derecho de las personas a ser oídas antes de que se comunique públicamente la adopción de medidas disciplinarias contra ellas y consideró que la sentencia constituía un avance para la consolidación de las garantías institucionales relativas al ejercicio de la libertad de expresión en el lugar de trabajo. Megamedia podría recurrir la resolución.
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— RSF en español (@RSF_esp) January 3, 2025
🇨🇱 #Chile: RSF celebra el fallo que protege la libertad de expresión y el derecho al trabajo de la periodista @paulinadeallend tras su despido injustificado en 2023. 🧵👇https://t.co/DK0PapmznR
La Corte Suprema exige explicaciones a Meta por la retirada de contenidos
El 4 de febrero de 2025, la Corte Suprema de Chile revocó un fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago y ordenó a Meta Platforms Inc. —la empresa matriz de Facebook e Instagram— responder a un recurso de protección por haber eliminado de Instagram contenidos relacionados con Palestina.
El proceso judicial tiene su origen en un recurso presentado por una periodista chilena que denunció que Meta había suprimido sus publicaciones sobre la situación en Palestina, una acción que fue percibida como un acto de censura digital. En noviembre de 2024, una periodista chilena compartió una publicación de la cuenta de Instagram “eye.on.palestine” que incluía imágenes y vídeos de manifestaciones a favor de un alto al fuego en el Líbano. La red social eliminó la publicación sin previo aviso, alegando que infringía las normas comunitarias de la plataforma.
La Corte de Apelaciones rechazó un recurso de protección por motivos jurisdiccionales, ya que consideró que las políticas de moderación de contenidos de Meta se regían por las condiciones de servicio y no estaban sujetas a la supervisión de la justicia chilena.
En este marco, la decisión de la Corte Suprema constituye un punto de inflexión, puesto que confirma que las plataformas digitales presentes en Chile están sometidas a las leyes nacionales y al escrutinio judicial, especialmente cuando están en juego derechos fundamentales como la libertad de expresión.
“La eliminación arbitraria de contenido no es un asunto menor y que debe someterse al escrutinio judicial. La discusión no se reduce a la eliminación de una publicación específica, sino a la necesidad de que los tribunales actúen como contrapeso frente al poder que tienen empresas como Meta para decidir lo que los usuarios pueden o no compartir”, señaló un abogado.